jueves, 24 de febrero de 2011

Entrevista a Ramón Huertas - Caso Yucatán-



¿Cual es el requisito fundamental de una convocatoria, soslayando la información general?
 
-La convocatoria debe tener calidad técnica, por que si no es así, pueden generarse inconformidades y posibles equívocos técnicos; además, antes del evento debe convocarse a una junta previa que debe elegir un Comité de Apelaciones.
 
¿Cual es el fin de este Comité?
 
-El  comité de apelaciones, asegura imparcialidad, porque investido de autoridad moral tiene la facultad de confirmar o revocar decisiones que generen alguna protesta de los ajedrecistas a  cualquier acto contra la legalidad y la justicia definida por reglamentos, normatividades generales o acuerdos específicos tomados para un evento particular. Este comité tiene la responsabilidad de nulificar en su caso, posibles actos  de inequidad. Es un requisito que los integrantes del comité estén suficientemente comprometidos a actuar con ética y profesionalismo, centrado esencialmente en el compromiso con la equidad y  la justicia; siendo consecuentes con la reglamentación y normatividad vigente, y cualquier acuerdo previo que  procede aplicar. De no integrase un comité o de no consultar con el las inconformidades, posibles, equívocos y reclamaciones, existirá la posibilidad de  que los organizadores actúen impunemente como  juez y parte.
 
¿Un comité da tranquilidad y otorga confianza a todos los participantes?
 
- Los errores de actuación técnica, cualquiera que fuera su génesis; especialmente los errores que atenten contra el juego limpio, deben consultarse con  el Comité de Apelaciones, que asegura al ajedrecista la oportunidad de reclamar lo que en su parecer es una injusticia, para lograr ejercer el derecho de enmendar un ilícito. Si, así lo considera, el competidor apela a la imparcialidad del fallo de un comité de apelación.  

Ramón en días pasados causo revuelo una decisión arbitral  

-A  mi parecer  se ha cometido, quiero llamarle un posible error, con una joven ajedrecista.  

¿Es una falla del juez del evento?  

-Me parece el resultante de la inexperiencia de un arbitro o varios, desconozco cuantos, sobre  la forma de desempatar por sonnenborg berger en un evento round robin, parece que se aplicó una forma personal, no reglamentada, y a consecuencia de ello una niña fue eliminada, quedó sin posibilidades de participar e la  olimpiada nacional 2011.

 ¿Como intervino este comité?
 
-A pesar de que soy uno de  los miembros titulares del comité de apelación, nunca se me pidió una opinión, tampoco se que a ninguno de los miembros del mismo se le convocara y parece que erróneamente no se canalizó la inconformidad, por la vía de este comité.

  ¿El fallo se puede considerar una caso cerrado?

-Eso se intenta hacer con alto grado de irresponsabilidad, se intenta dejar como caso cerrado por la asociación de ajedrecistas de Yucatán. ¡No han merecido los hechos, pese a su seriedad y consecuencias, las aclaraciones pertinentes en esta situación con alta probabilidad de ser una injusticia y una ilegalidad! ¿Cómo es posible que la FENAMAC, ante una reclamación sobre el caso, manifestara que este tema se debía ventilar por los que, supuestamente ha incurrido en el error e intentan dar el caso por cerrado? Lo sucedido es una injusticia y mientras no se compruebe lo contrario y se aclare el razonamiento del desempate. Es absolutamente necesario descartar por completo que este sea un caso de abuso de poder e inequidad. Urge revelar el procedimiento del desempate aplicado y evaluarlo como correcto e incorrecto y bajo ningún concepto permitir que se archive y se etiquete como un caso cerrado. ¿Porqué no existe la voluntad de analizar la posibilidad reconocer un posible error? es una responsabilidad de la familia ajedrecística no permitir  una injusticia y por supuesto que el sentido de la existencia de la FENAMAC contempla hacer todo lo necesario para liderar la revisión, que requiere toda posible injusticia cometida contra un ajedrecista federado. 
Téngase en cuenta que la información de las tablas de resultados finales llevan el crédito de el sello de la FENAMAC y no creo que la federación se este responsabilizando con avalar esa información; mas bien aprecio que llenando de logotipos la información de resultados se está responsabilizando a organizaciones deportivas que no se han pronunciado como avaladores del supuesto ilícito.
 
¿Se procedió ilegalmente en los desempates aplicados a los grupos sub-16 femenil y sub 18 femenil?
 
-Eso me parece hasta que no se demuestre lo contrario.
 
Se ha dicho que la computadora hizo los pareos y determino los resultados
 
-No conozco  la existencia de un programa que haga desempates en el sistema round robín, de la manera que en este caso, se efectuó el desempate. Si se lee la convocatoria se vera que tiene además el defecto de no contemplar exprograma cibernético a utilizar por lo que incluso todos los desempates pudieron ser blancos de reclamaciones por solo un problema de forma.
 
Como podría resolverse esta situación.

-Primero tomándola como una oportunidad para demostrar  respeto a la justicia y al reglamento, respeto al ajedrez y a todo jugador de ajedrez y eso solo se puede hacer revisando el caso y brindando lA información faltante para llegar a conclusiones justas y convincentes. Nadie debe tener derecho  ni poder para cerrar un caso sin análisis porque eso seria impunidad de forma que tácitamente apuntaría a impunidad de contenido.

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